Fuente: Oannes, Señor de las Olas

Perú - Produce aprueba medidas complementarias para fortalecer el ordenamiento pesquero en Tumbes

lunes 22 de febrero de 2021

Perú - Produce aprueba medidas complementarias para fortalecer el ordenamiento pesquero en Tumbes

Lima, 19 de febrero de 2021

Fuente: PRODUCE

Se establece como plazo hasta el 31 de marzo para acreditar las condiciones requeridas del permiso de pesca en menor escala.

Con la finalidad de fortalecer el ordenamiento pesquero en el ámbito marítimo de Tumbes, el Ministerio de la Producción (Produce) aprobó hoy medidas complementarias para las labores de los armadores que hayan presentado su solicitud de permiso de pesca de menor escala.

Según el Decreto Supremo N.º 003-2021-Produce, la norma se aplicará a los armadores pesqueros que hasta el 10 de febrero del año pasado hayan presentado su solicitud de permiso de pesca de menor escala, y cuyas embarcaciones forman parte del listado publicado por la Dirección Regional de Producción de Tumbes.

De igual modo, estos armadores deben cumplir con el protocolo técnico de habilitación otorgado por la Autoridad Sanitaria, el mismo que será exigible a partir del próximo 1 de marzo, como condición para realizar la actividad extractiva de los recursos hidrobiológicos. Asimismo, dichos armadores que tengan su solicitud en trámite, se les dará como plazo hasta el 31 de marzo para que puedan acreditar las condiciones establecidas y conseguir el permiso de pesca de menor escala.

En tanto, dichas embarcaciones pesqueras podrán realizar actividad extractiva con el permiso de pesca artesanal en el ámbito marítimo adyacente a Tumbes, fuera de las 5 millas marinas, hasta obtener el permiso de pesca de menor escala, siempre que cuenten con certificado de matrícula con refrenda vigente y con equipo operativo del Sistema de Seguimiento Satelital (Sisesat).

En caso de que los armadores no obtengan el permiso de pesca de menor escala en el marco del Decreto Supremo N.º 011-2019-Produce, la embarcación no podrá continuar realizando actividad extractiva con redes de cerco o arrastre de fondo y media agua.

El Ministerio de la Producción, a través de la Dirección General de Pesca para Consumo Humano Directo e Indirecto, emitirá la relación de embarcaciones pesqueras que se encuentran al alcance de este dispositivo.