¿Cómo estrangular a la industria pesquera peruana?

Autor: Francisco J. Miranda Avalos, Presidente de la J. Directiva de la ONG Oannes

miércoles 23 de enero de 2019

Asegurar la sostenibilidad de una pesquería es quizá la razón más importante para otorgar derechos de usufructo de una pesquería o de un área pesquera. Los pagos que se realizan deberían usarse fundamentalmente para estudiar la biomasa del recurso a explotar, determinar su biomasa total y la cuota global de captura permisible, asegurando que no se deprede el recurso y pueda explotarse de manera regular en el tiempo.

Así funciona la administración exitosa de pesquerías en diferentes lugares del mundo, por que como aquí en el Perú, los recursos suelen ser patrimonio de cada nación. Le pertenecen a todos y todo usufructo de los mismos debería cubrir como mínimo los gastos de su administración; la lógica general es: “del mismo cuero salen todas las correas”.

La renta por el usufructo de los recursos, suele ser algo adicional, no todas las pesquerías alrededor del mundo son como la pesquería de anchoveta en el Perú. Así que lo primordial suele ser asegurar su existencia en el tiempo, y si genera una renta para el estado, mejor. Lo fundamental es que sostenibilidad de la pesquería en el tiempo permita un usufructo permanente de los recursos, para que los emprendimientos empresariales basados en esas pesquerías, transformen y conviertan los recursos en bienes o productos que luego pagaran impuestos al estado en toda su cadena de valor, generando además empleos y desarrollo, que es donde está el verdadero beneficio.

A pesar del progreso de la ciencia, la administración de pesquerías alrededor del mundo sigue siendo en muchos lugares un “arte”, porque todavía estamos comprendiendo la dinámica del mar y sus recursos. Así es que para hacer buena ciencia se requiere de una estricta y eficiente colección de datos, y esto no se ha logrado aún en todas partes. Todavía está en nuestra memoria, las conclusiones equivocadas de un pasado estudio científico de pesquerías alrededor del mundo, basado en una data falsa, producto del incentivo del estado Chino por el incremento de la producción y del esmero de algunos burócratas por lograr los méritos y premios, registrando capturas inexistentes que distorsionaron por completo la realidad que se pretendía comprender.

En nuestro país, sin llegar a la perfección, la recolección de data en la pesquería de la anchoveta ha sido bastante eficiente y confiable, permitiendo que el Instituto del Mar del Perú (IMARPE) logre buenas conclusiones, que finalmente se han traducido en buenas recomendaciones para una adecuada administración del recurso, con éxitos tangibles como lo sucedido en el 2018.

Pero el concepto “derechos de pesca” para la pesca de anchoveta en el Perú, tiene para mi gusto (sin ser empresario industrial pesquero), muchas distorsiones. Estudios de consultoras internacionales como Ernst & Young, o nacionales como Apoyo Consultoría, nos muestran claramente como está constituida en el Perú la estructura de los diferentes pagos que las empresas pesqueras nacionales realizan, comparándolos con sectores como la minería que explota recursos “no renovables” dejando grandes pasivos ambientales, o la misma actividad en países vecinos como Chile y las otras diversas pesquerías similares alrededor del mundo.

El proyecto de Decreto Supremo aprobado por R.M. Nro. 486-2018-PRODUCE que modifica los artículos 43 y 45 del Reglamento de la Ley General de Pesca, tiene graves errores inclusive conceptuales en su intento de lograr el pago de mayores aportes al estado. Estos errores podrían perjudicar seriamente a la industria pesquera nacional, disminuyendo su capacidad para producir productos hidrobiológicos, generar empleo y competir en el mercado mundial.

En pocas palabras el cambiar las reglas de juego, perjudicaría a todas las empresas que pescan anchoveta en el país. Principalmente a las que además son propietarias de plantas de procesamiento de harina y aceite de pescado. Ya que los cálculos para establecer las nuevas cifras de pago de derechos de pesca, se están trasladando a la industria, cuando deberían quedarse en la actividad extractiva, considerando que precisamente por ello se llaman “derechos de pesca”.

La nueva propuesta, establece nuevamente el pago de “derechos de pesca” sobre el precio FOB por TM de la harina de pescado exportada y no sobre la cantidad pescada o sobre el precio de playa del recurso, que sería lo lógico en un “derecho de pesca”. Además incrementa este pago porcentual del 0.25% al 0.27%, dos céntimos porcentuales que en los volúmenes de producción y exportación son cifras grandes para empresas que ya tienen cargas diversas que no están incluidas en el concepto de “derecho de pesca”.

La industria pesquera peruana, paga además de los “derechos de pesca”, por el Sistema de Seguimiento Satelital (SISESAT), por el Control de Desembarque, por diferentes conceptos a DICAPI y finalmente contribuye de manera adicional con sendos fondos para la investigación que el IMARPE hace del recurso. Y estos conceptos de por si deberían ser parte del “derecho de pesca”.

Pero no es todo, además mantiene una “subvención pensionaria”, que corresponde al 5% de la remuneración asegurable, destinado al ahorro previsional de los trabajadores, algo que ningún otro sector hace. También asume un “fondo extraordinario del pescador” que corresponde a 3.92 Soles por TM desembarcada desde el 2013. Aporto voluntariamente US$1.95 por TM desembarcada en planta, sea de flota propia o ajena a los pensionistas de la fenecida y quebrada “Caja de Beneficios y Seguridad Social del Pescador”, un pago que la misma industria se ha ofrecido a mantener para no perjudicar a estos pescadores a pesar de que su compromiso acababa en el 2018. Y por si fuese poco, asume también los pagos al “Fondo de Compensación para el Ordenamiento Pesquero –FONCOPES”, para financiar un programa de incentivos a la reconversión laboral del pescador.

La pesca industrial peruana paga el 50% de su utilidad operativa entre “derechos de pesca” y otros diversos conceptos, mientras que la industria minera paga solo el 47% de su utilidad operativa.

Si traducimos todos estos pagos a un porcentaje de precio de playa, que sería una forma justa de cobrar los “derechos de pesca” las empresas pesqueras peruanas pagan por la anchoveta el 7% del valor del producto en playa, cuando en Corea o Taiwan se paga 6%, en Japón y en Alaska (EE.UU.) 5%, Estonia y Canadá 4%, EE.UU. y España 3% y Marruecos 2%.

Y ni que decir las otras pesquerías peruanas, el porcentaje de pago de sus “derechos de pesca” sobre su precio de playa es visiblemente inferior. La flota extranjera atunera paga 1.2%, la merluza 0.7%, la caballa 0.4%, el jurel 0.3%, la pota 0.1%, el perico 0.04% y el bacalao de profundidad 0.01%.

Finalmente si comparamos los US$16.7 que el empresario pesquero peruano paga por TM con los US$13.8 por TM que paga su símil de Chile, los números nos muestran una vez una clara distorsión.

Los enemigos de la industria pesquera siempre alegan que los empresarios pesqueros exterminaran o depredaran la anchoveta con sus grandes barcos, matando la “gallina de los huevos de oro”. Sin embargo lo que hemos visto a través de los años, es que son ellos precisamente los más preocupados por cuidar el recurso que es razón de su emprendimiento empresarial. Se estima que además de los “derechos de pesca” las principales empresas aportan anualmente alrededor de US$1.5 Millones al IMARPE para colaborar con todos los programas de investigación. ¿Quién más interesado en estudiar un recurso para asegurar su sostenibilidad, que él vive de él y que paga por estudiarlo?

Otra acusación frecuente a la industria, es que solo les interesa hacer harina y aceite de pescado, pero es falso, la industria pesquera peruana viene solicitando desde hace años usar la anchoveta de su propia cuota, pescada por sus propias embarcaciones para la producción de conservas y otros diversos productos de consumo humano directo (CHD) inclusive harina y aceite para CHD y el estado peruano no se lo permite, por el razonamiento absurdo de que sus barcos solo están habilitados para consumo humano indirecto (CHI). Desde esta tribuna hemos defendido siempre el criterio de que una vez pescado el recurso y dentro de una cuota autorizada, es la empresa y no el estado quien debe definir su destino en la producción, sea CHI o CHD.

Lo hemos dicho muchas veces y lo repetiremos una vez más. La industria pesquera anchovetera peruana es líder mundial en la producción de harina y aceite de pescado, el ingrediente marino más valioso para la acuicultura de peces carnívoros, que a su vez son los cultivos marinos más rentables y de mayor valor en el mercado. Si bien es cierto la industria mundial de alimentos balanceados lucha día a día buscando sustitutos que puedan usar en sus fórmulas de alimentación animal, como las harinas de insectos y de lombrices, estos ingredientes aun no son capaces de suplir las necesidades de alimentos balaceados para animales acuáticos de una industria mundial que está en pleno crecimiento y en la que el Perú, aun no encuentra su camino como si lo ha hecho su vecino del sur.

Chile es un vecino muy competitivo que además, ya no exporta harina y aceite de pescado, porque su industria acuícola la consume en su totalidad, logrando exportaciones pesqueras y acuícolas del orden de los US$6 Mil Millones anuales, con cero exportación de harina y aceite de pescado, donde las dos terceras partes de esa cifra son solo trucha y salmón criados en sus granjas, algo más de US$4 Mil Millones anuales. Perú en cambio mantiene aún las dos terceras partes de su exportación pesquera y acuícola total anual, en harina y aceite de pescado alrededor de US$2 Mil Millones anuales, de un total de alrededor de US$3 Mil Millones.

Los números son fundamentales para entender que en el Perú, no solo no existe una política pesquera y acuícola coherente. Es el estado mismo quien pretende matar a “la gallina de los huevos de oro” agarrándola del cogote hasta sacarle su último aliento…¿Y después que?