El atún no se vende: los derechos de pesca vuelven al Estado
Autor: Francisco J. Miranda Avalos, Presidente de la J. Directiva de Oannes
miércoles 19 de agosto de 2026
Si el Estado peruano nos concede un derecho para pesca de atún y no lo usamos, ¿tenemos derecho a quedárnoslo, venderlo y lucrar con él, o debe retornar al Estado para que se subaste?
Sin darle muchas vueltas, la respuesta directa y legal es NO: si el Estado peruano otorga un derecho de pesca de atún a un privado (armador o empresa) y este no lo utiliza dentro de los plazos y condiciones establecidos por la norma, no tiene derecho a quedárselo, venderlo ni lucrar con él. Dicho derecho debe caducar y revertir al Estado para que este pueda reasignarlo o subastarlo conforme a ley.
Para todo ello existe un sustento técnico, legal y bioeconómico que rige esta materia. De acuerdo con la Ley General de Pesca (Decreto Ley N° 25977) y la Ley Orgánica para el Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Naturales (Ley N° 26821), los recursos hidrobiológicos contenidos en las aguas jurisdiccionales del Perú son patrimonio de la Nación.
Por lo tanto, las autorizaciones de incremento de flota o los permisos de pesca no otorgan la propiedad sobre el recurso in situ (en el mar), sino únicamente el derecho de aprovecharlo bajo el cumplimiento estricto de las condiciones ambientales, sanitarias y de esfuerzo establecidas por la autoridad competencial (PRODUCE).
En el Perú, los derechos o autorizaciones de pesca no son activos financieros especulativos. No pueden venderse ni transferirse de forma independiente (es decir, separados de la embarcación a la que están asociados o sin la aprobación expresa de la autoridad).
Si el titular del derecho no hace uso del permiso (ya sea por inoperatividad de la embarcación, no construcción dentro del plazo o falta de extracción efectiva), el derecho caduca de pleno derecho y retorna o revierte al Estado. El Estado no está obligado a indemnizar al particular y queda facultado para reasignar dicha capacidad o subastarla según la normativa vigente para la flota atunera (por ejemplo, mediante subastas de cuotas asignadas por la CIAT o permisos de pesca bajo la Ley Atunera N° 28965 y sus reglamentos).
Quizá los amigos abogados que nos siguen en la comunidad de Oannes, puedan corregirme o complementar esto; para eso precisamente exponemos esta informacion de manera transparente.
Por que sucede que la Sociedad Nacional de Pesquería del Sur (SNP Sur) se ha pronunciado respecto a la Resolución Ministerial N° 000204-2026-PRODUCE mediante un documento dirigido a la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura del PRODUCE. Los principales puntos del escrito cuestionan el proyecto normativo derivado de dicha resolución, el cual busca regular el "préstamo de capacidad de acarreo" del recurso atún mediante acuerdos o contratos privados entre armadores.
La SNP Sur denuncia inacción y favorecimiento (caducidades no ejecutadas) y sostiene que el PRODUCE incurre en omisión de funciones al no declarar la caducidad de permisos de pesca de atún vencidos o inactivos. Pone como ejemplo directo el caso de las embarcaciones BAMAR VIII, ISABELITA y ALESHKA, cuyos contratos/derechos vencieron en abril de 2026.
El documento, firmado por el presidente de la SNP Sur, el Ing. Juan Ricardo Torres Cubas, señala que la emisión de disposiciones como la modificación al artículo 33.8 del Reglamento de la Ley General de Pesca (vía el DS N° 005-2026-PRODUCE), sin cumplir los requisitos de prepublicación ni consulta pública, funciona en la práctica como una "amnistía administrativa" o una norma con “nombre propio” que pretende evitar la caducidad por falta de esfuerzo pesquero. Esto, además, resulta incompatible con el marco de la Comisión Interamericana del Atún Tropical (CIAT) al carecer de un Análisis de Impacto Regulatorio (AIR) y de un Análisis de Costo-Regulación (ACR) fundamentados. Con ello se contravienen las directrices de la CIAT, las cuales estipulan que las transferencias o préstamos de capacidad asignada deben gestionarse de Estado a Estado (países miembros) y no mediante cesiones privadas no fiscalizadas.
Torres Cubas va más allá y presenta un cálculo en el que muestra que, de 17 embarcaciones registradas con cuota/capacidad CIAT, 11 se encuentran en condición de caducidad o sin ejercicio de esfuerzo pesquero (equivalente a 6,196 por metro cubico de bodega). Tomando como referencia el modelo de Costa Rica —país sin flota atunera propia pero que arrienda o presta directamente su capacidad asignada por la CIAT a flotas extranjeras a cambio de ingresos para el Estado y desembarques en plantas locales—, el Perú habría dejado de percibir directamente alrededor de USD 20.4 millones en los últimos 10 años por concepto de arrendamiento o préstamo de esa capacidad de bodega. Asimismo, la falta de aprovechamiento productivo o de cesión directa estatal habría generado una pérdida de valor de producción en plantas nacionales estimada en más de USD 216 millones en dicho periodo. Por ello, la SNP Sur exige concretamente la suspensión inmediata del proyecto normativo, la declaración de caducidad de las capacidades no utilizadas y su posterior subasta pública o administración directa por parte del Estado.
También ayer, martes 18 de agosto, un artículo publicado en el medio Inforegión por el señor Jorge Zaldívar abordó también este tema. El artículo se enfoca en que la propuesta de PRODUCE permitiría que embarcaciones extranjeras utilicen temporalmente parte de esa capacidad cuando la flota nacional no la emplee; un mecanismo que ha generado cuestionamientos debido a los posibles vacíos en la fiscalización, la falta de observadores a bordo y los riesgos que una mayor actividad pesquera podría representar para las especies capturadas de manera incidental.
La posición de PRODUCE se resume en que actualmente el país no aprovecha plenamente este recurso, a pesar de contar con 8,195 metros cubicos de capacidad total de acarreo. Sin embargo, la institución recalca que en 2024, de las 18 embarcaciones cerqueras peruanas registradas con capacidad asignada, solo nueve realizaron actividades extractivas.
Zaldívar informa en su artículo que la propuesta genera, además, cuestionamientos por parte de organizaciones dedicadas a la conservación, como la ONG We Can Be Heroes Perú. Esta entidad sostiene que permitir que barcos extranjeros utilicen esta capacidad sin reforzar previamente los sistemas de vigilancia podría dificultar el control de las actividades pesqueras en alta mar, oponiéndose rotundamente a este tipo de medidas por representar un riesgo latente de desregulación y desprotección de nuestros recursos marinos.
Sin duda, este ya no es un tema cualquiera: PRODUCE debería poner ojo en el asunto y realizar las correcciones si son necesarias.








