Perú - Las transferencias de cuotas de pesca del jurel en el marco de la OROP-PS
Autor: Ulises Munaylla Alarcón, Ex miembro de la Comisión científica de la OROP-PS
jueves 29 de septiembre de 2022
Mediante la Resolución Directoral N°00002-2022-PRODUCE/DGPARPA del 9 de setiembre de 2022, el Ministerio de la Producción aprobó las “Bases para el Concurso público de Asignación de la Cuota de Jurel (Trachurus murphyi) de Alta Mar conferida al Estado Peruano por la Organización Regional de Ordenación Pesquera del Pacífico Sur (OROP-PS) a Armadores de Bandera Extranjera, correspondiente al año 2022” (Concurso Público N°001-2022-PRODUCE/JUREL). El monto de la cuota, materia de concurso público para flota extranjera asciende a 18,256 toneladas, con un valor de US $ 121 la tonelada, conforme a dichas bases.
Esta convocatoria obedece a un proceso de transferencia de cuotas de jurel entre los países miembros, permitido por la OROP-PS, conforme lo establece la Decisión CMM 01- 2022, párrafo 9, adoptado por la Comisión en febrero de 2022, el que señala que “hasta el 31 de diciembre de cada año, un Miembro o una Parte cooperante no contratante puede transferir a otro, todo o parte de su cuota de captura asignada…Cuando un Miembro reciba la cuota por transferencia, puede igualmente asignar dicha cuota en el ámbito nacional o acordar arreglos entre propietarios participantes en la transferencia.
Los Miembros que han otorgado su consentimiento expreso (caso Chile) podrán hacer uso de la cuota materia de la transferencia en el Area de la Convención y en sus aguas bajo jurisdicción nacional…”
Las cuotas de jurel para los países miembros de la OROP-PS, se otorgaron en enero de 2022, en la 10° Reunión de la Comisión, sobre la base de la recomendación del Comité Científico (octubre 2021), que estableció como captura total permisible el volumen de 900,000 toneladas para el 2022, en todo el rango de distribución del jurel. De este monto la Comisión, toma 817,943 toneladas y asigna entre sus Miembros, de acuerdo a porcentajes establecidos según la captura histórica (no se rige conforme a lo establecido en el artículo 21°de la Convención de la OROP-PS, que considera 10 criterios y solo uno es la captura histórica). De acuerdo a la tabla de porcentajes aprobado en 2017 cuya vigencia ha sido extendida sucesivamente hasta el 2022, el 64.56 % (581,074 TM) corresponde a Chile; el 6.34 (57,129 TM) a China; el 6.10% (54,977TM ) a la Unión Europea; el 4.67% (42,064 TM) a Vanuatu; el 2.02% (18,256 TM) a Perú; y 5 países más con participación en la pesca. Toda esta asignación es para el Area de la Convención (alta mar), con excepción de Chile, que ha dado su consentimiento expreso para que también comprenda su Zona Económica Exclusiva (ZEE). Tabla 1 y 2.
Tabla 1. Cuotas de jurel asignadas para el 2022 (fuente: OROP-PS)
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Tabla 2. Porcentajes de asignación de cuotas de jurel (Fuente OROP-PS)
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Históricamente las capturas y las pesquerías del jurel en la alta mar han estado circunscritas al área frente a la zona centro sur de Chile, el que corresponde según la hipótesis científica de Perú al stock centro sur de Chile. Desde el año 2005, una importante flota de aguas distantes ha venido ejerciendo la pesca del jurel en esa zona y son ahora las que tienen captura histórica, que les sirve para acceder a las cuotas en la OROP-PS.
A partir del 2016, la disponibilidad del recurso jurel en esa zona de alta mar ha ido disminuyendo progresivamente, haciendo que la actividad de pesca disminuya también. Algunos países han ido retirando su flota, consecuentemente su presencia en dicha zona, incluido la flota chilena que pescaba usualmente tanto en su ZEE como en la alta mar adyacente, ejerce su pesquería en su totalidad en su zona de jurisdicción nacional (El informe nacional de Chile de 2022, señala que desde el 2020, las operaciones de pesca del jurel se han desarrollado exclusivamente dentro de su ZEE).
Perú realizó operaciones de pesca en la alta mar, en esta zona de pesca a partir del 2009, cuando la OROP-PS todavía no tenía medidas de regulación sobre límites de captura permisible, habiendo obtenido su mayor pesca en el 2010 consistente en 40,516 TM. En los siguientes años los volúmenes de captura fueron poco significativas, hasta que en el 2015 cesó definitivamente sus operaciones. En este corto período de operaciones de pesca del jurel en alta mar se emplearon 6 embarcaciones de arrastre de media agua de gran tonelaje bruto (entre 2000 y 7000). Estas capturas históricas son los que sirven de base para acceder a la cuota que asigna la OROP-PS.
Este panorama conduce a examinar la situación actual del recurso jurel en la región. La retracción de la distribución del jurel en el stock centro sur de Chile, hacia aguas de jurisdicción nacional, puede constituir un indicador del efecto de una sobrepesca y del impacto de las condiciones ambientales poco favorables, que todavía no se advierte en el Comité Científico. El último informe del Comité Científico señala que el estimado de biomasa de 2021 se encuentra en niveles del Máximo Rendimiento Sostenible, no obstante, advirtió de ciertas incertidumbres debido a que la evaluación de la población, no ha tomado en cuenta los posibles efectos del incremento de la eficiencia de las embarcaciones y el cambio de los patrones de distribución del jurel en los recientes años.
El Comité Científico en el trabajo de evaluación de poblaciones, emplea modelos matemático-estadísticos sobre la base de dos hipótesis de la estructura de stocks (uno que sostiene la existencia de un solo stock en todo el rango de su distribución y otro que sostiene la existencia de dos stocks separados, un stock peruano y otro stock chileno). No obstante, las recomendaciones a La Comisión para la toma de decisiones, se hace con la hipótesis de un solo stock en todo el área de distribución, de tal forma que se da un monto total de captura permisible (por ejemplo, 900,000) TM para el año 2022) y no hace mayor referencia sobre las variaciones de su distribución por efectos ambientales. Una buena evaluación del estado de la población debía empezar por la definición de la estructura de los stocks, mayores consideraciones biológicas relativas al comportamiento de su distribución, la incorporación de los aspectos relacionados a las variaciones ambientales, entre otros, que permitiría a la Comisión adoptar mejores y precisas decisiones. Se requiere de una mejor conexión entre la ciencia (Comité Científico) y los tomadores de decisiones (Comisión de la OROP-PS) e incluso dentro del mismo Comité Científico, entre el Grupo de Trabajo del Jurel y el Grupo de Trabajo Hábitat).
Antiguamente, antes de la sobreexplotación y en condiciones ambientales favorables el jurel tenía una distribución amplia en el Pacífico. Esta alcanzaba las costas de Ecuador, Perú hasta el centro sur de Chile y desde allí extenderse hacia las costas de Nueva Zelanda y Australia a través de la zona de alta mar denominada el “cinturón del jurel” (Fig. 1). Actualmente el jurel se concentra en la práctica en dos áreas: en la ZEE de Chile y en las aguas jurisdiccionales de Perú
Fig. 1. Distribución del jurel en la alta mar del Pacífico Sur (fuente:OROP-PS)
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No obstante, la actual situación de la población de jurel concentrado dentro de la ZEE de Chile y con carencia de su disponibilidad para la pesca en el Area de la Convención (alta mar adyacente), la OROP-PS continúa asignando cuotas de pesca entre sus Miembros, lo que ocasiona las transferencias de las cuotas mayormente a Chile. (Tabla3)
Tabla 3. Transferencias de cuotas de jurel en 2022 (fuente: OROP-PS)
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En el caso de Perú, desde el 2017 ha venido transfiriendo sus cuotas también a Chile y actualmente, se inició el proceso de transferencia de su cuota del 2022, con la convocatoria a Concurso Público, antes señalado.
Es indudable que estas transferencias de cuotas tienen más bien un sentido y beneficio económico para los Miembros con asignación de cuotas, pero no necesariamente coadyuvan al objetivo principal de la OROP-PS, que es la conservación y el uso sostenible del recurso, pues ocasiona la sobrepesca en el área de mayor concentración del recurso, donde se excede la captura permisible nacional, conforme se desprende de la Declaración de Chile presentada a la última reunión de la Comisión de la OROP-PS de enero de 2022.
“Chile ha seguido estrictamente el acuerdo de 2017 (porcentajes de asignación de cuotas). Entre el 2017 y 2021, 5 de los 10 Miembros de la OROP-PS con cuotas de jurel han operado y pescado el total o parte de sus cuotas anuales. China capturó 32.2% de su cuota; Corea 30.2%; La Unión Europea 45.7%; Rusia 33.4%. Chile, ha pescado cerca de 120% de su cuota además de las transferencias de los Miembros de la OROP-PS, pescando efectivamente el 78.4% del total del jurel capturado en todo el rango de distribución en el Pacífico Sudeste. Otros Miembros que tuvieron cuota asignada no registraron capturas de jurel en la alta mar bajo el acuerdo de 2017.
Ello resalta que Chile es el líder de la pesquería del jurel en el Pacífico Sudeste. Igualmente ello muestra que Chile ha pagado un costo por las transferencias que ha beneficiado a los Miembros de la OROP-PS”. L a Declaración continúa señalando que “que la próxima reunión de la Comisión será crucial para el manejo de la pesquería del jurel y la estabilidad de nuestra Organización. Nosotros estaremos decisivamente a favor de que se amplíe 5 años mas el acuerdo (sobre porcentajes de asignación de cuotas) de acuerdo con la realidad de la pesquería”.
En efecto, en línea con la Declaración de Chile, no solo será necesaria la revisión de los procedimientos de asignación de cuotas (que se efectúan sin el cumplimiento de los criterios establecidos en el artículo 21° de la Convención), y el impacto de las transferencias de cuotas en el estado del recurso, sino que a 10 años de la OROP-PS, se requiere de una evaluación integral del funcionamiento de la Organización, tal como recomiendan diversas resoluciones de la Asamblea General de las Naciones Unidas sobre pesquerías sostenibles y el Acuerdo de 1995 sobre poblaciones de peces transzonales y poblaciones de peces altamente migratorios, el Código de Conducta para la Pesca Responsable de la FAO, para que las OROPs realicen periódicas evaluaciones de su desempeño.
En el año 2007, un panel independiente de expertos internacionales evaluó el desempeño de las Organizaciones Regionales de Ordenamiento Pesquero y al tiempo de reconocer el rol fundamental que juegan en el sistema mundial de gobernanza de las pesquerías, elaboraron un valioso documento denominado: “Mejores prácticas recomendadas para las Organizaciones Regionales de Ordenamiento Pesquero” (Chatham House, 2007). La CIAT, CCMLAR, entre otras Organizaciones, evalúacion frecuencia su funcionamiento, en adecuación a las nuevas realidades.
La OROP-PS ha tenido un importante logro en detener la tendencia al colapso del jurel; no obstante, tiene mucho por hacer, se necesita mayores medidas de conservación y ordenación del jurel (tallas mínimas, vedas de reproducción, entre otros, para lograr una real recuperación). El calamar gigante, en 10 años no cuenta aún con ninguna medida de regulación a falta de mayores evidencias científicas, los ecosistemas marinos vulnerables, las especies de aguas profundas en la alta mar del Pacífico Sur, tienen aún poco avance. En general y conforme a los objetivos de la Organización se hace necesaria la evaluación del grado de la implementación del criterio precautorio y del enfoque ecosistémico, la adecuada aplicación de la compatibilidad de medidas de conservación y ordenación implementadas en la OROP-PS en la alta mar y las adoptadas en aguas de jurisdicción nacional por los Estados ribereños. Se requiere de mayor fortalecimiento de la fiscalización y control, por ejemplo, sobre la operación de la gran flota china en la alta mar. En general la evaluación del funcionamiento de la Organización debe comprender la revisión de los avances de los órganos subsidiarios, como el Comité Científico, el Comité Técnico y de Cumplimiento, los Comité Subregionales de Manejo tanto del Pacífico Occidental como del Oriental.
El fortalecimiento de sus mandatos y la modernización de la medidas, permitirá a la OROP-PS cumplir eficazmente su objetivo de asegurar la conservación y uso sostenible a largo plazo de los recursos transzonales y sus ecosistemas, sobre la base del criterio precautorio y del enfoque ecosistémico.