Fuente: The Fish Mall, Puerto Madryn

Argentina - Se crea el Sistema de Posicionamiento de Buques Pesqueros.

lunes 4 de agosto de 2003

Por la Disposición 2 de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, se creó el Sistema de Posicionamiento de Buques Pesqueros, excluyéndose de la medida a los buques de la flota artesanal.

El subsecretario de Pesca y Acuilcultura, Gerardo Nieto, dio un paso concreto hacia la recuperación de los sistemas de monitoreo pesquero fuera de servicios desde hace más de un año. La disposición 2/2003, trae como novedad que la provisión de servicios podrá ser prestada por cualquier empresa que cumpla ciertos requisitos fijados en la reglamentación suscripta el 31 de julio.

La Internet aparece como el vínculo de comunicación entre el reporte de posicionamiento de los buques pesqueros,las autoridades nacionales y las provincias con litoral marítimo incluyendo también al Instituto Nacional de Investigación y Desarrollo Pesquero (INIDEP).

Se formaliza la creación en el ámbito de la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura (SSPyA) un Registro de Empresas Servidoras para prestar los servicios de posicionamiento de flota pesquera, consistente en el acceso a la información en tiempo real o cuasi real sobre la localización precisa de buques.

Estas empresas deberán cumplir una serie de requisitos, donde se destaca la descripción de los sistemas de resguardo de la integridad de la información a implementar, en tanto que el incumplimiento de estos requisitos puede provocar que la empresa sea dada de baja del registro.

Habrá de crearse también un Registro de Contratos, donde serán incorporados los contratos que se suscriban entre las empresas prestadoras del servicio y los administrados, esto es las empresas armadoras de buques pesqueros. En este sentido las partes contratantes deberán informar a la Subsecretaría sobre las características de los equipos transceptores instalados a bordos de los buques pesqueros.

A partir de la publicación en el Boletín Oficial, las empresas armadoras deberán contar a bordo con un transceptor Marino con receptor GPS incorporado o asociado.

El armador estará obligado a contratar un servicio de comunicaciones satelitales que brinde acceso a los reportes de datos, vía Internet y haciendo conocer a la Subsecretaría de Pesca y Acuicultura, la Prefectura Naval Argentina, la Armada Argentina, el INIDEP y las provincias con litoral marítimo un nombre de usuario y clave de acceso directo a los datos que se reporten.

Los datos reportados deberán incluir identificación del equipo, matrícula y nombre del buque pesquero, fecha y hora en GTM, posición de latitud y longitud, rumbo y velocidad.

A los efectos de dar cumplimiento al sistema que viene a reemplazar al Monpesat, la información requerida deberá estar disponible en todo momento, y solo la PNA y la SSPyA podrán modificar la frecuencia del equipo instalado y realizar interrogaciones particulares. Cada empresa prestadora del servicio entregará a la SSPyA todo lo necesario para realizar las acciones mencionadas anteriormente. Las empresas armadoras serán responsables del funcionamiento regular y constante del sistema, y la interrupción de la señal en 2 o más reportes consecutivos los hará pasibles de sanciones legales y la inmediata vuelta a puerto.