Fuente: Aqua Noticias, Santiago de Chile

Chile - Segunda vez en el anho: Modifican reglamento de concesiones y autorizaciones de acuicultura

martes 25 de noviembre de 2003

Noticia publicada el 25/11/2003.

Por segunda vez durante el presente año, se publica en el Diario Oficial una modificación al reglamento de concesiones y autorizaciones de acuicultura.
Con esta quinta modificación desde su promulgación en 1993, en lo sustancial la Subsecretaría de Pesca intenta corregir dos complejidades de la normativa sectorial, según informó a Revista AquaNoticias el abogado de Acuasesorías Ltda., Marcelo Campos Larraín.

"Tratándose de una solicitud de concesión de acuicultura, los planos que deben adjuntarse a la correspondiente solicitud deben ser entregados en quintuplicado a la autoridad marítima, la que certificará que éstos han sido elaborados conforme a las especificaciones técnicas señaladas en el artículo 10 del mismo reglamento. En la disposición, anterior junto con existir un error de redacción, expresaba que ésta los visaba", explicó Campos.

"Para las tramitaciones de solicitudes de transferencias de concesiones de acuicultura, la Subsecretaría de Marina podrá prescindir del informe técnico de la Subsecretaría de Pesca el cual hasta ahora era un trámite obligatorio; en consecuencia, de ahora en adelante este requisito se constituye en optativo y es facultad privativa de la autoridad solicitarlo o no" agregó el especialista.

En subsidio de lo anterior, para acreditar la vigencia de la concesión de acuicultura en cuanto a operación, se exige acompañar a la respectiva solicitud un certificado extendido por el Servicio Nacional de Pesca que acredite la inscripción del centro de cultivo en el Registro Nacional de Acuicultura; y que registre su operación de conformidad con las disposiciones comunes contenidas en el Titulo V de la Ley General de Pesca.
Esto último, significa haberlo hecho de acuerdo al Reglamento que establece el procedimiento para la entrega de información de las actividades pesqueras y de acuicultura.

Para mayores antecedentes respecto a estas modificaciones, se recomienda revisar el Decreto Supremo N° 164, con fecha 9 de septiembre del 2003, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción (Minecon), publicado en el Diario Oficial el pasado sábado 22 de noviembre.