Fuente: Primera Pagina On Line, Bogota
Colombia - Aplazado para diciembre dispositivo de posicionamiento global en buques
miércoles 23 de julio de 2003
Los buques de bandera colombiana, dedicados al transporte marítimo y a la pesca industrial tendrán un plazo de seis (6) meses, contados a partir de finales de junio para certificar que tienen en funcionamiento del dispositivo de posicionamiento y seguimiento de ruta por satélite, conocido como GPS.
La Dirección General Marítima - encargada de dirigir y controlar las actividades relacionadas con la seguridad de la vida humana en el mar, la búsqueda y salvamento marítimos - otorgó un nuevo plazo de seis meses para que certifiquen los dispositivos que emplearán en el Sistema de Posicionamiento y Seguimiento de Ruta por Satélite.
Por la Resolución 0228 de diciembre del año pasado, la Dimar estableció la obligación para que los buques de bandera colombiana, dedicados al transporte marítimo y a la pesca industrial, y los buques pesqueros y de investigación científica de bandera extranjera, que operen en aguas jurisdiccionales colombianas instalen y mantengan funcionado en forma permanente el dispositivo de posicionamiento y seguimiento de ruta por satélite
El plazo vencía el paso primero de julio y ahora se posterga para finales de diciembre de 2003, según dispone la Resolución 0126 de 2003 que prorroga el término establecido en el artículo 10 de la Resolución número 0228 del 9 de diciembre de 2002 y que establece el programa para Certificación de Dispositivos a ser empleado en el Sistema de Posicionamiento y Seguimiento de Ruta por Satélite.
El director general marítimo, contralmirante Carlos Humberto Pineda Gallo, amplió el plazo, con el fin de contribuir al proceso de implementación del sistema y establecer el programa de plazo para emitir la primera resolución de equipos certificados de acuerdo con lo establecido en la Resolución número 038-DIMAR-abril/2003.
El nuevo programa se cumplirá así:
a) Los buques de bandera colombiana, dedicados al transporte marítimo y a la pesca industrial tendrán un plazo de seis (6) meses;
b) Los buques pesqueros y de investigación científica de bandera extranjera que cuenten con permisos y autorizaciones vigentes, tendrán un plazo de seis
(6) meses, siendo este requisito indispensable para considerar la autorización de continuar realizando operaciones en aguas jurisdiccionales colombianas;
c) Los buques pesqueros y de investigación científica de bandera extranjera que pretendan obtener el permiso de operación en aguas jurisdiccionales colombianas, tendrán un plazo de seis (6) meses, y será requisito para la consideración de la obtención del permiso respectivo.
Cronograma primera certificación equipos.
Para efectuar el procedimiento de certificación contemplado en el Título V de la Resolución número 00038-DIMAR-2003, se establece en el siguiente cronograma de actividades:
a) Recepción de Documentos de Solicitud de Certificación de Equipos hasta un
(1) mes;
b) Publicación de la Primera Resolución de Equipos Aprobados para el Sistema de Posicionamiento y Seguimiento de Ruta por Satélite hasta tres (3) meses.




