Fuente: Transporte y Logistica, Barcelona

España - El Parlamento Europeo debate la directiva de liberalizacion portuaria

lunes 17 de noviembre de 2003

El Parlamento Europeo debate mañana y los eurodiputados votan el miércoles la directiva de liberalización de los servicios portuarios. El texto que se vota, que necesita para prosperar mayoría simple, es el acordado por el comité de conciliación entre representantes del Consejo y del Parlamento.
Hoy, los estibadores europeos, incluidos los españoles, están convocados a paros intermitentes contra la directiva y, más en concreto, contra la autoasistencia.

El texto adoptado permite la autoasistencia, es decir, que las actividades de carga no las efectúe el personal del puerto sino del buque. Pero deja claro, señala un comunicado del Parlamento, que sólo se acepta la autoasistencia cuando se recurre a personal embarcado y el material usado pertenece a la naviera.

Por lo tanto, "no se puede subcontratar a tercero". Para evitar el dumping social, "se exige que los contratados para esta actividad -que no pertenecen, por ejemplo, a las sociedades de estiba españolas- cumplan los requisitos nacionales de formación, empleo y normas sociales". La autoasistencia se define como la "situación en la que una empresa que podría normalmente contratar servicios portuarios se presta a sí misma éstos con personal embarcado y material propio".

Además, se podrá exigir que los prestadores de servicios estén establecidos en la Comunidad y que los barcos que presten servicios portuarios tengan pabellón de un Estado miembro.

Por otra parte, el practicaje estará incluido en el ámbito de la directiva, a pesar de que el Parlamento en segunda lectura se opuso. En todo caso, "con ciertas restricciones, pues el texto reconoce la importancia de los servicios del práctico para la seguridad marítima y permite que pueda limitarse la competencia por razones de seguridad". En determinadas circunstancias, y como parte de la "autoasistencia", los buques podrán realizar su propio practicaje", es decir prescindir del obligatorio del puerto.

El establecimiento de condiciones de competencia leal entre puertos de la Comunidad figura también entre los objetivos de la directiva, como había solicitado el Parlamento que había alertado de que no bastaba con incrementar la competencia en el seno de un puerto si no se evitaban las distorsiones generadas por las ayudas estatales que reciben algunos puertos.

Para ello, deberá informarse sobre las relaciones financieras existentes entre puertos y prestadores de servicios, y entre puertos y autoridades públicas. La Comisión Europea presentará un estudio sobre los fondos o ayudas públicas que reciban los puertos.

Los servicios portuarios podrán estar sujetos a un sistema de autorización previa por un periodo limitado, eso sí, en caso de que así lo decidan los Estados miembros.

En cualquier circunstancia, los criterios para la concesión de autorizaciones deberán ser "transparentes, no discriminatorios, objetivos, pertinentes y proporcionados". Se podrán tener en cuenta requisitos como las cualificaciones profesionales del personal, solidez financiera de la entidad y seguridad marítima. El prestador de servicios "podrá contratar a personal de su elección sin tener que usar el personal adscrito al puerto". Las limitaciones al número de prestadores de servicios autorizados en un puerto deberán minimizarse y estará en función de la disponibilidad de espacio o capacidad.

En cuanto a la duración de las autorizaciones, se podrá tener en cuenta el volumen de las inversiones que los prestadores vayan a realizar en el puerto.

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