Fuente: La Prensa, Ciudad de Panama
Panama - Comisión interinstitucional avanza en redacción de código
El nuevo Código Marítimo estará basado en el Código Marítimo de China, uno de lo
Wilfredo Jordán Serrano
martes 31 de enero de 2006
GENTE DE MAR. En el nuevo Código Marítimo se trata de agrupar todas las normas que se relacionan con los marinos. 627787
El Código Marítimo de la República Popular de China, uno de los más modernos, será utilizado como modelo para la redacción del Código Marítimo de Panamá.
La semana pasada, la Autoridad Marítima de Panamá (AMP) y el Grupo Compite Panamá presentaron los avances del proyecto de sistematización, depuración y ordenamiento de la legislación marítima para la formulación del anteproyecto del Primer Código Marítimo para la república de Panamá.
Reformas al código
Como parte del proceso, se crearon las subcomisiones del Libro II del Código de Comercio, Puertos y Marina Mercante con el objetivo de realizar un estudio especializado de cada uno de los temas marítimos.
En la redacción de la propuesta participan la AMP, la Autoridad del Canal de Panamá (ACP), la Cámara Marítima de Panamá, la Asociación Panameña de Derecho Marítimo y el Colegio Nacional de Abogados. Este grupo de organizaciones firmó un acuerdo de trabajo conjunto para la elaboración del código que busca actualizar y unificar la legislación marítima panameña.
Los integrantes que forman la comisión de reformas al Código de Comercio se reúnen todos los miércoles por espacio de dos horas, desde el 21 de septiembre de 2005.
En el primer informe presentado se indica que los artículos del Título I de las naves, que van del 1077 al 1116 y que contienen los tres capítulos primeros sobre propietarios de naves, se modificaron parcialmente.
Contratos y concesiones
A partir del capítulo IV, que trata de la tripulación, se tomó como referencia el Código Marítimo de la república de China –moción que aún está pendiente de autorización por parte del país asiático–, documento que fue preparado por catedráticos de la Universidad de Tulane, en Nueva Orleans, entre ellos el profesor Robert Force. A partir del artículo 1117 se eliminan ciertas cláusulas que se consideran de índole laboral y no comercial.
En cuanto a la Ley General de Puertos, se establece que los operadores portuarios que actualmente tienen contratos seguirán rigiéndose por dichos contratos.
Sin embargo, a nivel de algunos de los operadores portuarios, preocupa que en la nueva ley se extienda el término y los plazos de los nuevos concesionarios que se instalen en el país.








