Fuente: Correo, Arequipa
Peru - Convención del mar no soluciona delimitacion marítima con Chile
viernes 9 de diciembre de 2005
No obstante daría opción adicional para resolver controversia, según Samuel Lozada
ConveMar deberá ser ratificada en el Congreso, dijo Samuel Lozada
Cercado/Rolando Vilca Begazo
Es beneficioso o no que el Perú se adhiera a la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar o Convención del Mar. El especialista en Derecho Internacional, Samuel Lozada Tamayo, analiza este tema.
- ¿Después de lograr la aprobación de la Línea Base del Dominio Marítimo, el paso siguiente es suscribir la Convención del Mar?
Nuestro país podría tomar las ventajas que la normativa de la Convención contiene respecto a la definición del mar territorial de países con costas adyacentes.
Sin embargo, lo que se discute es si protegerá o no nuestras 200 millas marinas?
La Convención del Mar tiene una definición de mar territorial de 12 millas y de zona económica exclusiva de 188 millas contiguas. Lo que se ejerce en esta zona contigua según la Convención del Mar, es jurisdicción y dominio sobre productos vivos y no vivos, materiales y subsuelo. Si hay exclusividad de ese ejercicio hay pues casi todo los requisitos de soberanía, pero además cuando el Perú se adhiera a la Convencion del Mar y ya lo adelantó la Cancillería, lo haría con una declaración simultánea de salvedad de las normas constitucionales en materia de mar territorial.
- Para preservar nuestra soberanía de 200 millas.
Exactamente, porque dentro nuestras normas constitucionales se encuentra un derecho de 200 millas con el carácter de territorio nacional. Estas declaraciones ya están funcionando en otros casos, por lo que ya existe precedente para salvaguardar esta soberanía.
- ¿Esta vía sería más factible para solucionar la delimitación marítima con Chile?
La Convención del Mar no resuelve el problema, nos da una herramienta más para sostener nuestra posición en una eventual conciliación o iniciación del proceso ante los tribunales de la Convención del Mar. La otra vía que nos queda expedita sin tocar la Convención y permitiría ir a las instancias internacionales, es el caso de la recurrencia del Tribunal de la Haya, porque ambos (Perú y Chile) son miembros de la Naciones y Unidas y además firmaron el Pacto de Bogotá, donde se someten sin restricciones para resolver sus diferencias en esta instancia.
- Pero si hacemos un análisis, ¿cuál es el camino más recomendable?
No pues si usted usa un camino no puede usar el otro, habría una duplicidad de actos procesales y no es posible. Las dos vías son buenas. La vía de recurrencia a la Corte Internacional de Justicia sería mucho más rápida en planteamiento aunque no en solución, porque estos procesos internacionales que tienen que ver con soberanía pueden llegar a 10 ó más años hasta que se resuelvan en forma definitiva.




