
Fuente: Gestion, Lima
Peru - Debe observarse norma de seguridad portuaria en temas de practicaje y remolcaje
jueves 8 de agosto de 2002
El presidente de la Asociación Peruana de Operadores Portuarios, Luis Tapia, señaló que mediante un oficio a la Presidencia del Consejo de Ministros ha solicitado opiniones en torno a la norma que aprobara el Congreso sobre Seguridad y Protección de la vida humana, medio ambiente y recursos hidrológicos en operaciones de tráfico de naves en aguas marítimas, fluviales y lacustres.
Dijo que ante esa norma se habría señalado que la ley debe observarse en los temas de practicaje y remolcaje. Cabe señalar que el practicaje es la conducción de la nave efectuada por el práctica a fin de apoderarla o sacarla del muelle, cumpliendo estrictas medidas de seguridad.
Tapia recordó que el Poder Ejecutivo habría elaborado un anteproyecto de ley de puertos que contempla normas sobre el practicaje y remolcaje, el cual, hasta el momento, no ha sido enviado al Congreso para el debate correspondiente.
En este sentido indicó que no se entiende cómo es que el Congreso "pretextando" normas en atención a la seguridad, aprueba normas en torno a este practicaje y remolcaje que ya se contemplan en dicho Anteproyecto.
Las normas aprobadas implicarían que las actividades de practicaje y remolcaje se circunscribirían a las actividades de la capitanía de puertos del litoral peruano, con lo que las empresas privadas administradoras de prácticos que actualmente brindan estos servicios no intervendrían más en los mismos, que pasarían al control de la capitanía de puertos.