Fuente: Ministerio de la Produccion, Lima

Peru - Declaran a SISPERU S.A.C como empresa proveedora del Servicio de Seguimiento Satelital

ALFONSO VELÁSQUEZ TUESTA

martes 11 de mayo de 2004


El Acta N° 001-2004-COMISION-SISESAT, de fecha 7 de mayo del 2004; y

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 2º del Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, establece que son patrimonio de la Nación los recursos hidrobiológicos contenidos en las aguas jurisdiccionales del Perú y, en consecuencia, corresponde al Estado regular el manejo integral y la explotación racional de dichos recursos, considerando que la actividad pesquera es de interés nacional;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 026-2003-PRODUCE, se aprobó el Reglamento del Sistema de Seguimiento Satelital - SISESAT, estableciéndose las disposiciones que los armadores pesqueros y las empresas proveedoras del servicio deben cumplir para la implementación del nuevo Sistema de Seguimiento Satelital;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 128-2004-PRODUCE, se creó la Comisión encargada de evaluar la documentación y calificación de las empresas que se encuentren aptas para brindar el Servicio de Seguimiento Satelital;

Que la empresa SISPERU S.A.C., cuenta con los derechos administrativos requeridos por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, y además con la opinión favorable del Ministerio de Defensa debido a que no registra hasta la fecha antecedentes que ofrezcan riesgo a la seguridad del Estado;

Que, en tal sentido, de acuerdo al Acta N° 001-2004-COMISION-SISESAT de fecha 7 de mayo del 2004, la mencionada Comisión acordó por unanimidad declarar a SISPERU S.A.C., como empresa apta para brindar el Servicio de Seguimiento Satelital de acuerdo a los alcances establecidos por el Reglamento del Sistema de Seguimiento Satelital - SISESAT, aprobado mediante Decreto Supremo N° 026-2003-PRODUCE; y

Con la opinión favorable del Viceministro de Pesquería; y,

De conformidad con las atribuciones conferidas por el literal i) del artículo 11º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2002-PRODUCE y modificatoria;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Declarar a SISPERU S.A.C. como empresa proveedora el Servicio de Seguimiento Satelital de acuerdo a los alcances establecidos por el Reglamento del Sistema de Seguimiento Satelital - SISESAT, aprobado mediante Decreto Supremo N° 026-2003-PRODUCE.

Artículo 2º.- Autorizar a la empresa SISPERU S.A.C. a suscribir el Contrato Tipo de Prestación de Servicios de Seguimiento Satelital - SISESAT, establecido por el Decreto Supremo Nº 026-2003-PRODUCE, con los armadores pesqueros que han obtenido su permiso de pesca al amparo de la Ley Nº 26920 y normas complementarias.

Artículo 3º.- La Dirección Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero, y la Dirección Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Producción, están obligadas a adoptar las medidas pertinentes, a efectos de dar cumplimiento a la presente Resolución.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ALFONSO VELÁSQUEZ TUESTA
Ministro de la Producción