Fuente: Andina, Lima
Perú - Establecen talla mínima de captura de chita y prohíben comercialización
lunes 2 de mayo de 2016
Establecen talla mínima de captura de chita y prohíben comercialización
ANDINA
Lima, abr. 30. El Ministerio de la Producción (Produce) estableció la Talla Mínima de Captura de chita, prohibiéndose la extracción, recepción, transporte, almacenamiento, procesamiento y comercialización del citado recurso en tallas menores a lo establecido en una resolución ministerial publicada hoy.
Según el dispositivo, la TMC de la chita (Anisotremus scapularis) queda establecido en 24 centímetros de longitud total (LT), con una tolerancia máxima de 25% del número de ejemplares capturados por debajo de la talla mínima.
Asimismo, refiere que las personas naturales y jurídicas que contravengan lo dispuesto serán sancionadas conforme al Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por decreto supremo 012-2001-PE, el Texto Único Ordenado del Reglamento de Inspecciones y Sanciones Pesqueras y Acuícolas, y las demás disposiciones legales vigentes.
De igual modo, establece que las Direcciones Generales de Políticas y Desarrollo Pesquero, de Extracción y Producción Pesquera para Consumo Humano Directo, de Supervisión y Fiscalización del Produce, dentro del ámbito de sus respectivas competencias, realizarán las acciones de difusión que correspondan y velarán por el cumplimiento de lo dispuesto.
En esta labor también estarán incluidas las Direcciones Regionales con competencia pesquera y la Dirección General de Capitanías y Guardacostas de la Marina de Guerra del Perú del Ministerio de Defensa.
(FIN) JCC/JCC
Publicado: 30/4/2016




