Fuente: Gestion, Lima

Peru - Ministerio de Defensa remitira al congreso propuesta sobre Ley de Puertos.

miércoles 2 de octubre de 2002

El ministro de Defensa aseguró que su portafolio está plenamente de acuerdo con toda forma de inversión privada en los puertos, y aseguró que resulta conveniente la existencia de una autoridad portuaria pero también marítima en estas infraestructuras. "Entonces hay que establecer límites de complementariedad entre ellas (las autoridades), sus funciones, para que en el futuro cumplan su trabajo y atraigan toda la inversión privada que se pueda", anotó.

El ministro Aurelio Loret de Mola señaló que en los próximos días, se hará llegar a la Comisión de Transportes del Congreso copia del proyecto consensuado entre el Ministerio de Transportes y el de Defensa sobre la Ley Nacional de Puertos, pero que no se presentó ya que la ley que formó la Comisión Multisectorial que elaboró esta norma sólo nos pedía una opinión al respecto.

Explicó que la única diferencia entre el anteproyecto alcanzado por el Ejecutivo y elaborado por la Comisión Multisectorial y el documento consensuado entre su despacho y el portafolio de Transportes radica en lo que se refiere a la autoridad marítima.

"Sólo en lo que se refiere a la autoridad marítima es la diferencia.
Nosotros no nos estamos metiendo para nada con el tema de la autoridad portuaria y lo que debe ser un puerto moderno capaz de recibir un barco y despacharlo rápidamente", señaló.

Cabe indicar que la Ley Nº 27396 formó una Comisión Multisectorial para elaborar una iniciativa legislativa sobre puertos, la cual excluyó al Ministerio de Defensa y sólo señala que se le consulte sobre el tema.

Loret de Mola formuló declaraciones ayer luego de presentarse ante la Comisión de Transportes del Congreso, a la que acudió para sustentar las observaciones formuladas al anteproyecto de Ley Nacional de Puertos.

Solari

Previamente, el referido grupo de trabajo acordó invitar para el próximo 10 de octubre al presidente del Consejo de Ministros, Luis Solari, a fin de que explique el proceso que se siguió en la PCM con la aprobación del anteproyecto de Ley Nacional de Puertos y su remisión a la Comisión de Transportes.

El presidente de la comisión, Eduardo Carhuaricra (PP), informó que se ha solicitado al Poder Ejecutivo, a través de la presidencia del Congreso, un informe de las razones por las cuales se remitió un anteproyecto y no un proyecto, más aún cuando ha tenido más de un año para redactarlo.

Observaciones

Entre otras observaciones del Ministerio de Defensa al anteproyecto de Ley Nacional de Puertos, figura la eliminación del término "marinas" del inciso 2.2, del artículo 2, ya que ésta define a las instalaciones acuáticas que brindan facilidades a embarcaciones recreativas o deportivas, operadas generalmente por clubes náuticos y asociaciones privadas en las cuales no se llevan a cabo operaciones comerciales de transferencia de carga y tránsito de pasajeros.

Señala que por esta misma razón, deben excluirse los muelles, instalaciones acuáticas y artefactos navales de propiedad de empresas pesqueras privadas, ya que proporcionan facilidades operativas y logísticas a sus propias naves, no constituyendo instalaciones de índole comercial.

El Ministerio de Defensa recomienda un nueva redacción al inciso 2.3, del artículo 2, sobre instalaciones portuarias a cargo de las Fuerzas Armadas, debido a que dentro del sector Defensa se encuentran consideradas empresas y organismos cuyas actividades están relacionadas con la defensa nacional. De este modo, el referido articulado quedaría de la siguiente manera: "No están comprendidos en el ámbito de esta ley los puertos, infraestructuras e instalaciones portuarias pertenecientes al sector Defensa, los que se regirán por sus normas pertinentes".

También se ha expresado disconformidad con el artículo 15.1 del anteproyecto, referido a la responsabilidad del ingreso de naves y mercancías, así como el control de contrabando en los puertos, que estará a cargo de la Autoridad Portuaria.

El Ministerio de Defensa señaló que la competencia exclusiva de la Autoridad Portuaria para el ingreso de naves al puerto, su permanencia y tratamiento, contraviene el artículo 6 de la Ley Nº 26620, así como su reglamento.

Asimismo, la recepción, despacho y permanencia de las naves no son competencia exclusiva de ninguna autoridad ya que participan en ellas diversas autoridades tales como las Capitanías de Puerto, Aduanas, Salud, Migraciones y Agricultura, en el marco de sus respectivas competencias legales.

Se estima que el referido articulado debería señalar que el ingreso de naves al puerto, así como su permanencia y el tratamiento de las mismas en el puerto y/o recinto portuario son de responsabilidad de las autoridades competentes de acuerdo con el ámbito de jurisdicción respectivo.