Fuente: Ministerio de la Produccion, Lima
Peru - Relacion de indices de Participacion y Cuotas Individuales de Pesca no transferibles del recurso merluza por cada armador o empresa pesquera y relacion de embarcaciones con permiso de pesca.
viernes 14 de mayo de 2004
Visto el Informe Nº 143-2004-DNEPP/Dch-mrljc de la asignación de cuota o limite máximo de captura del recurso merluza no transferible por armador o empresa pesquera.
CONSIDERANDO
Que por Resolución Ministerial Nº 186-2004-PRODUCE del 5 de mayo del 2004, se estableció un Régimen Provisional de Pesca del Recurso Merluza, en el área marítima comprendida desde el extremo norte del dominio marítimo del Perú y el paralelo 07º 00' Latitud Sur, a partir de las 00:00 del 15 de mayo hasta el 31 de diciembre del 2004, en el marco del cual se autorizó la extracción de este recurso por parte de la flota arrastrera de mayor escala con permiso de pesca vigente y operativa, así como la participación de las embarcaciones de menor escala y artesanal;
Que la resolución precitada contempla la asignación de Cuotas Individuales de Pesca no transferibles del recurso merluza por armador o empresa pesquera que cuenten con embarcaciones arrastreras de mayor escala con permiso de pesca vigente y operativas, conforme lo establece el numeral 4.1 del artículo 4° del Reglamento de Ordenamiento Pesquero del recurso merluza aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2003-PRODUCE; y en consecuencia, la Cuota Total Permisible de merluza (24,000 TM.) establecida en el artículo 2º de la resolución antes citada debe ser distribuida;
Que en el artículo 7º de la Resolución Ministerial citada en el primer considerando, se establecen los criterios a ser considerados por la administración para distribuir la Cuota Total Permisible de merluza, los que se basan en los desembarques de merluza de los últimos 10 años seleccionando los 5 valores mas elevados y la capacidad de bodega consignada en los permisos de pesca, ambos con un índice de ponderación del 45% y 55% respectivamente. Asimismo, el mencionado artículo faculta a la Dirección Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero del Ministerio de la Producción de publicar los Índices de Participación y la Cuota Individual de Pesca asignada a cada armador o empresa, teniendo como plazo hasta el 12 de mayo del 2004;
Que en tal sentido, la Dirección Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero mediante el Informe Nº 143-2004-DNEPP/Dch-mrljc, ha determinado las Cuotas Individuales de Pesca de merluza por cada armador o empresa pesquera, por lo que resulta necesario publicar las mismas, de conformidad con la facultad prevista en el artículo 7° de la Resolución Ministerial N° 186-2004-PRODUCE;
De conformidad con las disposiciones contenidas en la Resolución Ministerial Nº 186-2004-PRODUCE;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Publicar la relación de Índices de Participación y Cuotas Individuales de Pesca no transferibles del recurso merluza por cada armador o empresa pesquera, que cuenten con embarcación(es) arrastrera(s) con permiso de pesca vigente para la extracción del citado recurso y se encuentren operativas, la misma que en Anexo I forma parte integrante de la presente resolución.
La Cuota Individual de Pesca de merluza asignada a cada armador o empresa pesquera se extinguirá de pleno derecho, cuando concluya el Régimen Provisional para la extracción del recurso merluza establecido por la Resolución Ministerial Nº 186-2004-PRODUCE.
Artículo 2º.- Publicar la relación de embarcaciones pesqueras arrastreras con permiso de pesca para la extracción del recurso merluza que se encuentran suspendidas, situación que inhabilita su participación en el Régimen Provisional aprobado por la Resolución Ministerial Nº 186-2004-PRODUCE, el mismo que en Anexo II forma parte integrante de la presente resolución.
Las embarcaciones pesqueras consignadas en la relación a que se refiere el párrafo anterior, no podrán participar de la Cuota Individual de Pesca asignada a su respectivo armador o empresa, salvo que cumpla con subsanar sus obligaciones pendientes ante la Dirección Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero. La habilitación será emitida por la citada Dirección Nacional vía comunicación escrita.
Una vez habilitada la embarcación arrastrera, el armador o empresa pesquera podrá suscribir o incluir dicha embarcación en el Convenio a que se refiere el literal a.2 del artículo 11º de la Resolución Ministerial Nº 186-2004-PRODUCE, previa solicitud a la Dirección Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JORGE VERTIZ CALDERON
Director Nacional de Extracción y
Procesamiento Pesquero
Anexo de la Resolución
ANEXO I
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 149-2004-PRODUCE/DNEPP
RELACION DE CUOTAS INDIVIDUALES DE PESCA DEL RECURSO MERLUZA
EMPRESA / ARMADOR INDICE DE CUOTA
PARTICIPACION ASIGNADA TM.
AGROPESCA S.A. 0.0778144 1,868
ANGLO MAR PERU S.A. 0.0132812 319
ANICO S.A. 0.0168241 404
ARCOPA S.A. 0.1750074 4,200
CASAMAR S.A. 0.0000000 0
CIA. PESQ. PEPA S.A. 0.0398896 957
CONSORC. CORPESCA DEXIM S.R.Ltda. 0.0417968 1,003 CONSORC. PACIFICO SUR S.R.Ltda. 0.0155003 372 CORP. DE PESCA S.A. 0.0024179 58 CORP. DEL MAR S.A. 0.0020400 49 CORP. PESQ. INCA S.A. 0.0409263 982 DEL MAR S.A. 0.0868608 2,085 EMP. PESQ. PUERTO RICO S.A.C. 0.0230119 552 EMP. PESQ. SANTA BARBARA S.A. 0.0122766 295 GRUPO SINDICATO PESQUERO DEL PERU S.A. 0.0140436 337 IBC CORP. DE NEGOCIOS S.A. 0.0095884 230 IND. PESQ. SANTA MONICA S.A. 0.1530952 3,674 MILANOVICHT NIETO CARLOS 0.0132400 318 P.E.P. KURAMA S.R.Ltda. 0.0144681 347 PACIFIC FREEZING COMPANY E.I.R.L. 0.0131183 315 PESQ. CONDOR PERUANO S.A. 0.0173740 417 PESQ. HAYDUK S.A. 0.0611372 1,467 PESQ. HERMANOS VITTORIA S.R.Ltda. 0.0488456 1,172 PESQ. KING FISH S.A. 0.0129970 312 PESQ. PERLA NEGRA S.A. 0.0124300 298 PESQ. SANTA JULIA S.A.C. 0.0355949 854 QUEREVALU FIESTAS FELIX A. 0.0040117 96 SEAFROST S.A.C. 0.0055787 134 TASSARA ORTIZ HORACIO EDUARDO 0.0355468 853 UNIV. NACIONAL AGRARIA LA MOLINA 0.0012833 31 TOTAL 1.0000000 24,000




