Fuente: Gobierno del Perú, Lima
Perú - PRODUCE autoriza la actividad extractiva del recurso choro en áreas de las regiones Moquegua y Tacna para este 2026
lunes 30 de marzo de 2026
Perú - PRODUCE autoriza la actividad extractiva del recurso choro en áreas de las regiones Moquegua y Tacna para este 2026
Nota de prensa: Ministerio de la Producción
Informe favorable del IMARPE permitió que el Ministerio de la Producción autorice la actividad extractiva del choro, a pocos días de la Semana Santa, en beneficio de pescadores del sur del país.
27 de marzo de 2026
Gobierno del Perú, Lima
https://www.gob.pe/institucion/produce/noticias/1371945-produce-autoriza-la-actividad-extractiva-del-recurso-choro-en-areas-de-las-regiones-moquegua-y-tacna-para-este-2026
Tras el compromiso del Ministerio de la Producción (PRODUCE) de evaluar la situación del recurso choro (Aulacomya atra) en el ámbito marítimo adyacente a los departamentos de Moquegua y Tacna, hoy se autorizó el inicio de la actividad extractiva en ambas regiones para el 2026.
“Recibimos el informe favorable del IMARPE y, sobre la base de la recomendación científica, decidimos permitir que los pescadores artesanales del sur retomen la extracción del choro justo de cara a la campaña de Semana Santa, una temporada clave para el consumo de productos hidrobiológicos”, aseguró el titular de PRODUCE, César Quispe Luján.
De acuerdo con la Resolución Ministerial N.º 00076-2026-PRODUCE, publicada en el diario oficial El Peruano, se autoriza la actividad extractiva del recurso choro (Aulacomya atra) en el ámbito marítimo adyacente a los departamentos de Moquegua y Tacna para el 2026.
Asimismo, se establece el Límite Máximo de Captura Total Permisible (LMCTP) del recurso choro en 343 toneladas para Moquegua, correspondiente a zonas adyacentes al departamento, lo cual no incluye Punta Coles, área ubicada dentro de la Reserva Nacional Sistema de Islas, Islotes y Puntas Guaneras.
De igual manera, se establece un LMCTP de 254 toneladas para Tacna, correspondiente al ámbito marítimo adyacente al departamento comprendido entre los 18°00’10,7” S, 70°53’18,7” O y 18°01’47,6” S, 70°50’36,0” O, cuya proyección al mar se da de forma perpendicular a la línea de costa y hasta una distancia de 2 millas náuticas.
Sobre quiénes pueden extraer y el trámite
En el marco de las medidas de simplificación adoptadas para esta temporada, podrán realizar la extracción del recurso choro los pescadores artesanales no embarcados y las embarcaciones pesqueras artesanales que cuenten con permiso de pesca vigente y que se encuentren incluidos en los listados aprobados por las DIREPRO de Moquegua y Tacna, en el marco de la Resolución Ministerial N.º 183-2015-PRODUCE, sin necesidad de realizar nuevos trámites para iniciar sus actividades.
Los pescadores o embarcaciones que no se encuentren en dichos listados podrán gestionar el trámite correspondiente ante las DIREPRO para obtener la autorización respectiva.
Cabe señalar que esta medida se suma a la vigencia de la extracción de choro en la región Arequipa consolidando el abastecimiento de este recurso.








